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	<title>Comentarios para </title>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por admin3</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-82</link>
		<dc:creator>admin3</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Feb 2012 10:40:54 +0000</pubDate>
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		<description>Lo principal es tener los papeles en regla que te permitan trabajar en nuestro país, si es así, tendrías que decirles a las señoras donde trabajas, que te tienen que hacer un contrato de trabajo por las horas que estas en sus casas. Esta tramitación se realiza en la Seguridad Social, allí os dan los impresos correspondientes y os informan detalladamente de todo el procedimiento. En el caso de solo tuvieras permiso de residencia pero no de trabajo, los tramites son mucho más complicados, donde ya interviene el departamento de extranjería, allí te pueden informar de toda la tramitación.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo principal es tener los papeles en regla que te permitan trabajar en nuestro país, si es así, tendrías que decirles a las señoras donde trabajas, que te tienen que hacer un contrato de trabajo por las horas que estas en sus casas. Esta tramitación se realiza en la Seguridad Social, allí os dan los impresos correspondientes y os informan detalladamente de todo el procedimiento. En el caso de solo tuvieras permiso de residencia pero no de trabajo, los tramites son mucho más complicados, donde ya interviene el departamento de extranjería, allí te pueden informar de toda la tramitación.</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por Gabriela</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-81</link>
		<dc:creator>Gabriela</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2012 20:08:39 +0000</pubDate>
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		<description>hola, soy uruguaya y estoy irregular llevo 5 años aqui, trabajo en dos casas un total de 18 horas semanales ¿ puedo regular mi situacion de alguna manera? una de las sra cobra una paga por viudes y una paga de su hijo por invalides tiene temor que le perjudique hacerme un contrato a  mi por las hs que le trabajo y aparte no tengo idea de cuantas horas semanales exige la nueva ley para el arraigo social a la empleada del hogar, y si tengo alguna posibilidad, si pueden informarme les agradecere</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola, soy uruguaya y estoy irregular llevo 5 años aqui, trabajo en dos casas un total de 18 horas semanales ¿ puedo regular mi situacion de alguna manera? una de las sra cobra una paga por viudes y una paga de su hijo por invalides tiene temor que le perjudique hacerme un contrato a  mi por las hs que le trabajo y aparte no tengo idea de cuantas horas semanales exige la nueva ley para el arraigo social a la empleada del hogar, y si tengo alguna posibilidad, si pueden informarme les agradecere</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por admin3</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-80</link>
		<dc:creator>admin3</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2012 16:53:29 +0000</pubDate>
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		<description>Esta Ley entró en vigor el 1 de Enero de este año, por lo que a partir de esa fecha todo el personal doméstico debe estar dado de alta en la Seguridad Social, pero han dado un plazo transitorio hasta el 1 de Junio, por lo que si se detecta alguna irregularidad hasta esa fecha no sería sancionada. Hay que tener en cuenta que a partir del 1 de Junio la sanción mínima por el incumplimiento de esta Ley es de 3.000€. Y lógicamente es totalmente obligatorio asegurar al personal doméstico o contratar este servicio a través de una empresa.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Esta Ley entró en vigor el 1 de Enero de este año, por lo que a partir de esa fecha todo el personal doméstico debe estar dado de alta en la Seguridad Social, pero han dado un plazo transitorio hasta el 1 de Junio, por lo que si se detecta alguna irregularidad hasta esa fecha no sería sancionada. Hay que tener en cuenta que a partir del 1 de Junio la sanción mínima por el incumplimiento de esta Ley es de 3.000€. Y lógicamente es totalmente obligatorio asegurar al personal doméstico o contratar este servicio a través de una empresa.</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por mcv</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-79</link>
		<dc:creator>mcv</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2012 16:43:59 +0000</pubDate>
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		<description>Según esta ley es obligatorio dar de alta el contrato en la seguridad social y en caso de ser así, cuándo?
Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Según esta ley es obligatorio dar de alta el contrato en la seguridad social y en caso de ser así, cuándo?<br />
Gracias</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por Vanessa</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-78</link>
		<dc:creator>Vanessa</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2012 09:16:31 +0000</pubDate>
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		<description>Muchísimas gracias!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muchísimas gracias!</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por admin3</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-77</link>
		<dc:creator>admin3</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2012 08:58:42 +0000</pubDate>
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		<description>Si una persona esta jubilada o cobrando algún tipo de prestación (pensión, desempleo,...) lógicamente le afecta. Dependiendo de la situación podrá trabajar o no, en el caso de una persona jubilada, se entiende que su vida profesional ha llegado a su fin y ya no puede trabajar, por lo que cobra del Estado. Para otro tipo se prestaciones hay que informarse en el órgano competente (Seguridad Social, Servef,...) para ver la compatibilidad u/o reducción de la prestación.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si una persona esta jubilada o cobrando algún tipo de prestación (pensión, desempleo,&#8230;) lógicamente le afecta. Dependiendo de la situación podrá trabajar o no, en el caso de una persona jubilada, se entiende que su vida profesional ha llegado a su fin y ya no puede trabajar, por lo que cobra del Estado. Para otro tipo se prestaciones hay que informarse en el órgano competente (Seguridad Social, Servef,&#8230;) para ver la compatibilidad u/o reducción de la prestación.</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por Vanessa</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-76</link>
		<dc:creator>Vanessa</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2012 07:52:29 +0000</pubDate>
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		<description>Buenos dias,
Me gustaria saber si una persona jubilada que está cobrando la pensión de viudedad, a la hora de ser dada de alta en la seguridad social por hacer labores domésticas....le afecta en algun momento a la paga de viudedad que está cobrando????
Muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos dias,<br />
Me gustaria saber si una persona jubilada que está cobrando la pensión de viudedad, a la hora de ser dada de alta en la seguridad social por hacer labores domésticas&#8230;.le afecta en algun momento a la paga de viudedad que está cobrando????<br />
Muchas gracias</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por juan conejero</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-74</link>
		<dc:creator>juan conejero</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Feb 2012 23:21:41 +0000</pubDate>
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		<description>mi caso es similar al de pilar says.  Gracias por su atencion</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>mi caso es similar al de pilar says.  Gracias por su atencion</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por FATIMA</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-66</link>
		<dc:creator>FATIMA</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Feb 2012 15:02:25 +0000</pubDate>
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		<description>Hola,por favor quiero saber en concreto cuanto tiene que cobrar una trabajadora de hogar externa por jornada completa:40horas semanales.gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,por favor quiero saber en concreto cuanto tiene que cobrar una trabajadora de hogar externa por jornada completa:40horas semanales.gracias.</p>
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		<title>Comentario en Nueva Ley Servicio Doméstico vigor 01.01.2012 por admin3</title>
		<link>http://ginerymira.com/nueva-ley-servicio-domestico/#comment-65</link>
		<dc:creator>admin3</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Feb 2012 08:16:21 +0000</pubDate>
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		<description>Son un computo anual de 14 pagas, por lo que efectivamente serian 2 pagas extras completas, un mes de vacaciones y si estan de baja médica cobraría a partir del 4º día.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Son un computo anual de 14 pagas, por lo que efectivamente serian 2 pagas extras completas, un mes de vacaciones y si estan de baja médica cobraría a partir del 4º día.</p>
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